Disponemos de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable (RO 1556/1999 modificado por el RO551/2OOO) Entre las actividades a desarrollar se encuentran:
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Examinar el cumplimiento por la empresa de las reglas aplicables al transporte de mercancías peligrosas.
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Asesorar a la empresa en las operaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas.
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Redactar un informe anual destinado a la Dirección de la empresa, sobre las actividades de la misma relativas al transporte de mercancías peligrosas (A presentar el primer trimestre del año siguiente. a la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por carretera y al Órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se haya realizado la actividad implicada.