Toda empresa está obligada por ley a formar a sus trabajadores en prevención de riesgos laborales. Te ayudamos a cumplir con el artículo 19 de la Ley 31/1995 con formación adaptada a cada puesto de trabajo. Presencial, online e in company. Bonificable a través de FUNDAE.
El artículo 19 de la Ley 31/1995 establece que todo empresario debe garantizar que cada trabajador recibe formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva. Esta formación debe impartirse en el momento de la contratación, cuando cambian las funciones del puesto o cuando se introducen nuevos equipos o tecnologías. Su incumplimiento puede derivar en sanciones, recargo de prestaciones y responsabilidad civil ante accidentes.
La formación debe adaptarse al puesto real y a los riesgos concretos de cada trabajador. Estos son los cursos más habituales para cumplir con la obligación legal.

Formación específica del puesto de trabajo
Contenidos adaptados a los riesgos reales del puesto según la evaluación de riesgos de tu empresa. Válida para cualquier sector y actividad.

Curso de Nivel Básico en Prevención (30 horas)
Cualifica al trabajador designado para asumir funciones preventivas de nivel básico en empresas de cualquier sector. Conforme al RD 39/1997.

Curso de Primeros Auxilios
Obligatorio para los equipos de emergencia de la empresa. RCP, uso del DESA, control de hemorragias y atención inmediata a víctimas.

Manejo de extintores y emergencias
Tipos de extintores, técnicas de extinción, evacuación y uso de bocas de incendio equipadas. Práctica con fuego real.

Curso para Personal Directivo y Responsables de RRHH
Formación en obligaciones legales del empresario, gestión preventiva y responsabilidades en materia de PRL para gerencia y dirección.
Formación bonificable a través de FUNDAE
Todas nuestras formaciones son bonificables para empresas a través del crédito FUNDAE. En muchos casos el coste real para la empresa es cero. Te orientamos en la gestión administrativa completa para que no tengas que preocuparte de nada.
Si tu empresa pertenece a construcción o telecomunicaciones, existen formaciones sectoriales homologadas con certificación específica. Consúltanos y te orientamos sobre qué formación es la más adecuada para tu actividad.
Las dudas más habituales sobre la obligación formativa del artículo 19.
El incumplimiento del artículo 19 puede derivar en sanciones de la Inspección de Trabajo, recargo de prestaciones en caso de accidente laboral y responsabilidad civil o penal del empresario.
En el momento de la contratación, cuando el trabajador cambia de puesto o funciones y cuando se introducen nuevas tecnologías o equipos que puedan suponer nuevos riesgos.
Sí, para la mayor parte de contenidos generalistas la modalidad online es válida. Los cursos con componente práctico obligatorio requieren sesión presencial.
Sí. Todas las empresas con trabajadores en régimen general disponen de crédito FUNDAE para formación. Te gestionamos la bonificación completa.

